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Máynez corrige a Luisa Alcalde por omitir datos en tema de sobrerrepresentación

El excandidato presidencial afirmó que Alcalde Luján "se saltó" algunas fracciones del artículo 54 constitucional durante su explicación de la sobrerrepresentación de Morena, en la mañanera de AMLO
  • Por Redacción
Máynez corrige a Luisa Alcalde por omitir datos en tema de sobrerrepresentación

Jorge Álvarez Máynez, excandidato presidencial de Movimiento Ciudadano (MC), corrigió a la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, que en su exposición del tema de sobrerrepresentación del Congreso, "se saltó" algunas fracciones del artículo 54 constitucional y otras disposiciones relevantes.

Mediante sus redes sociales, el emecista mencionó la fracción I de dicho artículo, que exige a los partidos políticos presentar candidatos a diputados en al menos 200 distritos uninominales para obtener el registro de sus listas regionales.

"¿Por qué dice esto la Constitución? Precisamente porque no se le pueden dar todas las ventajas de coalición y todas las ventajas de partido político al mismo tiempo. Es decir, si el Verde, el PT quieren que Morena le regale distritos donde no pueden ganar por sí mismos, lo pueden hacer a través de la mayoría pero pierden el derecho a la representación proporcional", dijo.

En un video mensaje, Álvarez Máynez aclaró que esos partidos "no se pueden beneficiar de las reglas de partido y de las reglas de coalición. Precisamente ahí está el debate y ahí está el tema de lo que defiende la Constitución".

Durante la conferencia matutina en Palacio Nacional, Luisa María Alcalde argumentó que las acusaciones de sobrerrepresentación por parte de Morena responden a un intento de bloquear la reforma y enfatizó que la distribución de plurinominales está en conformidad con el artículo 54 de la Constitución, el cual dice:

"Todo partido que obtenga al menos el tres por ciento de la votación válida en listas regionales tiene derecho a diputados plurinominales", añadió.

Además, Jorge Álvarez apuntó que Alcalde Luján también pasó por alto el artículo 56 de la Constitución, que especifica la asignación de senadurías de primera minoría a la fórmula de candidaturas del partido que haya ocupado el segundo lugar en votos en cada entidad.

"El [artículo] 56 dice que la primera minoría en la elección del Senado se asignará a la fuerza política al partido político que por sí mismo haya obtenido más votos como segundo lugar en la elección para el Senado", recordó.

"Nosotros fuimos la segunda fuerza política en Jalisco, en Nayarit, en Colima y en Guerrero, y esas senadurías de hombres y de mujeres que confiaron en nosotros para representarles deben ser asignadas a Movimiento Ciudadano", sostuvo.

Expuso que coincide con la Luisa Alcalde en la hipocresía de los partidos cuando dicen que la ley es la ley y del estado de derecho, ya que "hay que aplicar la Constitución completa. El artículo 54 desde el numeral uno, el artículo 56 y asignar a cada fuerza política lo que con votos le corresponde", concluyó.

cehr

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