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¿Cuándo pagan el aguinaldo a los pensionados del ISSSTE?

Los pensionados del ISSSTE se preguntan ¿Cuándo pagan la primera parte del aguinaldo?; conoce aquí la fecha del pago
  • Por Redacción
¿Cuándo pagan el aguinaldo a los pensionados del ISSSTE?

Los pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) se preguntan ¿Cuándo pagan la primera parte del aguinaldo?

En La Razón de México te decimos la fecha en la que los pensionados del Issste van a recibir su aguinaldo. El día está cada vez más cerca.

El ISSSTE informó que el pago de la primera parte del aguinaldo 2023 para pensionados y jubilados se realizará en la siguiente fecha:

Además, detalló el día en el que los jubilados podrán recibir la segunda parte del aguinaldo. Dicha fecha es el 2 de enero del 2024.

El depósito también incluirá el pago mensual correspondiente a enero.

De acuerdo con la información, los pensionados podrán cobrar hasta 40 días de pensión por concepto de aguinaldo.

Las personas de la tercera edad podrán acceder a sus recursos en las fechas establecidas por el Instituto y podrán cobrar a través de algunos sitios como:

Para cualquier duda, los jubilados del ISSSTE pueden comunicarse al número telefónico: 55 40 00 10 00, donde podrán digitar la opción 1, para poder resolver sus dudas relacionadas con sus pensiones.

Además, existe la posibilidad de revisar el saldo, con la aplicación ‘Afore Móvil’, que está disponible para iOS y Android. Para este proceso, el jubilado debe contar con la Clave Única de Registro de Población (CURP), un número celular y un correo electrónico.

El aguinaldo es un derecho de las y los trabajadores establecido en La Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87. Todas las personas trabajadoras tendrán derecho a recibir, cada año, un aguinaldo que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, como mínimo.

La Ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma.

En caso de incumplimiento, de manera completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa. En este caso, el trabajador contará con un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes el pago de su aguinaldo.

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