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Va tercera suspensión para frenar reforma

Tiene efectos para que el dictamen no aplique para los quejosos, por lo tanto, provisionalmente no pueda ser discutido y votado por la Cámara de Diputados hasta no resolverse la suspensión definitiva
  • Por Redacción
Va tercera suspensión para frenar reforma

Una tercera suspensión contra el proceso legislativo de la reforma judicial fue emitida por un juzgado federal en Cuernavaca, Morelos. El documento al que tuvo acceso La Razón tiene efectos para que el dictamen no aplique para los quejosos, por lo tanto, provisionalmente no pueda ser discutido y votado por la Cámara de Diputados hasta no resolverse la suspensión definitiva.

Este juicio de amparo indirecto de número 1255/2024, combate el artículo 186 del Reglamento de la Cámara de Diputados, que permite el resguardo de los proyectos que fueron dictaminados por el pleno de una legislatura anterior, para que la nueva integración los vote.

Martha Magaña López, la jueza que emitió este amparo consideró que tiene interés en el asunto por tratarse de la iniciativa de la reforma al Poder Judicial, por lo que aun cuando hizo referencia al principio de necesidad, planteó impedimento para conocer del asunto, para dar certeza jurídica a las partes. El artículo 53 de la Ley de Amparo, sin embargo, establece que el juez que se excuse del conocimiento de un asunto debe emitir la suspensión cuando ésta sea de oficio.

Por su parte, la jueza se apoyó en el criterio emitido por el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Vigésimo Circuito, quien resolvió un recurso de queja. Indicó que los actos reclamados y relacionados con la iniciativa de la reforma judicial, implican un trato de naturaleza urgente.

Por lo tanto, conforme al artículo 127, fracción II de la Ley de Amparo, de consumarse el acto resultaría imposible restituir al quejoso en sus derechos vulnerados.

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