SCJN: Extinción de fideicomisos afectará en finanzas y en cumplimiento de obligaciones patronales
Luego de que diputados de la Cuarta Transformación aprobaron la extinción de 13 de los 14 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señaló que la decisión afectará en las finanzas y en el cumplimiento de obligaciones patronales.
“La extinción de los fideicomisos repercute en las finanzas del Poder Judicial de la Federación y en el cumplimiento de diversas obligaciones patronales respecto a derechos laborales adquiridos por parte de todas las personas trabajadoras, pero no se trata de un recorte al presupuesto que año con año se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que aprueba igualmente la Cámara de Diputados”, se lee en un comunicado.
Cabe destacar que en la Cámara de Diputados se aprobó el pasado 17 de octubre el decreto por el que se reforman artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y se extinguen 13 de los 14 fideicomisos del PJF.
El dictamen pasará al Senado de la República para su aprobación, por lo que el procedimiento legislativo aún no está concluido.
Cabe aclarar que este Proyecto de Presupuesto, que para 2024 implica la solicitud de 84 mil 792.4 millones de pesos (4% superior a lo solicitado en 2023 de acuerdo a la inflación), está pendiente de discusión en el Poder Legislativo junto con todo el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación y, de acuerdo con las expresiones de diversas personas legisladoras, podría tener reducciones que afectarían también a las finanzas del PFJ.
“Por lo pronto y respecto a la discusión vigente sobre los fideicomisos del PJF, es importante reiterar la información real sobre estos instrumentos”, se lee, para luego pasar a un primer punto que dice: “Los fideicomisos NO están destinados para beneficio de 11 ministros en funciones y 22 en retiro”.
Agrega: “Ni uno solo de los 14 fideicomisos con los que cuenta el Poder Judicial de la Federación (PJF) está relacionado con gastos de ministras y ministros. Mucho menos se destinan para aspectos que tengan que ver con cuestiones personales”.
También hace énfasis en que cada fondo y fideicomiso tiene objetivos específicos que no permiten su uso para fines distintos a los establecidos para su creación y que cada uno de “los objetos de cada uno de los fideicomisos, tanto los de La Corte como los del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), son los que se describen a continuación”.
Especifican que en el caso de la corte el fideicomiso objeto, está destinado para pensiones complementarias de mandos Superiores y pensiones complementarias de mandos Medios y personal operativo y apoyo médico.
Los recursos y su uso, enumeran que es para dar mantenimiento para el buen uso de:
El fideicomiso se constituyó cuando la legislación no establecía obligación para reintegrar los recursos a la Tesorería de la Federación al término de cada ejercicio. Estos remanentes correspondían tanto a la SCJN como al CJF, por ello se emitió el Acuerdo General Conjunto 2/1999 mediante el cual se establecen los conceptos susceptibles de utilización del patrimonio.
En el caso del CJF el fideicomiso “se financia con fondos de carácter privado, producto de las aportaciones a través de descuentos por vía nómina que se efectúan a los Magistrados y Jueces que tienen asignada una casa”.
Afirmaron que al menos 6 fideicomisos tienen por objeto cumplir de manera complementaria obligaciones patronales que constituyen derechos de las y los trabajadores, tanto laborales como de seguridad social: pensión, vivienda, cobertura de salud y retiro.
“Estos derechos adquiridos están reconocidos, además de en la Constitución y en la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado, en otros instrumentos legales como son las Condiciones Generales de Trabajo”, afirman.
Los organismos afirman que la Auditoría Superior de la Federación “no ha hecho observaciones sobre la legalidad de los fideicomisos”.
“En 2019 la ASF realizó dos auditorías específicas a los fideicomisos del PJF, pero en ninguna de ellas observó irregularidades en la constitución o administración de los fondos”, refieren.
En el documento informativo afirman que “los fideicomisos no son ‘guardaditos´”
“Los 14 fideicomisos del PJF fueron constituidos inicialmente con recursos públicos; sin embargo, esto no significa que el presupuesto no ejercido año con año se destine a estos instrumentos”.
Asimismo, advierten que el hecho de que dichos recursos públicos se encuentren en fideicomisos no los convierte en recursos privados, por el contrario, continúan siendo recursos del Estado mexicano, bajo la administración del PJF, que es uno de los tres poderes de la Unión que lo conforman.
“El ejercicio de estos recursos se da bajo reglas de operación previamente emitidas y con plena transparencia, rindiendo cuentas de manera trimestral como lo puede comprobar cualquier ciudadano al consultarlos”, concluyen.
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