Registro Público de Agresores Sexuales de la CDMX. ¿Por qué ya no será público?
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Registro Público de Personas Agresoras Sexuales de la Ciudad de México sólo podrá ser consultado por autoridades competentes y no por cualquier persona, ya que viola el derecho de presunción de inocencia.
En una discusión que comenzó el pasado 16 de febero y terminó este lunes 20 de febrero, ocho de los 11 ministras y ministros de la Corte se mostraron a favor de invalidar el carácter público del registro al sostener que dicha lista de agresores sexuales disponible en Internet desde 2021 "debería ser solo de utilidad como instrumento público para la investigación y prevención".
Además, señaló que este registro de personas sentenciadas por delitos de feminicidio, violación, abuso y acoso sexual contra menores de 12 años dificultaría la reinserción social y expondría preceptos como la protección de datos personales.
Y es que de acuerdo con las disposiciones establecidas en las leyes de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Código Penal de la Ciudad de México, las personas sentenciadas por delitos sexuales deberán aparecer en dicho registro con su nombre, alias, fotografía y nacionalidad, hasta 30 años después de haber cumplido con su sentencia.
Entre las y los ministros que votaron a favor de invalidar el registro se encuentran la presidenta de la Corte Norma Piña Hernández, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Loretta Ortiz Ahlf y Luis María Aguilar Morales.
Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa y el ministro Arturo Zaldivar Lelo de Larrea votaron en contra y mantuvieron una postura de oposición a lo largo de la discusión.
DAN/ FBPT
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