¿Por qué no se puede subir a las pirámides de Chichén Itzá y Teotihuacán y de cuánto es la multa?
La pirámides de Teotihuacán y Chichén Itzá, son sitios arqueológicos con importante valor para México, estos lugares "guardan" la historia de antiguas civilizaciones.
De acuerdo con el Gobierno de México "una zona arqueológica es un lugar en el cual se ha preservado evidencia de actividades que han sucedido en el pasado, ya sean prehistóricas, históricas o casi contemporáneas, y que han sido investigadas utilizando la disciplina de la arqueología, significando que el sitio representa parte del registro arqueológico".
Algunas zonas arqueológicas fueron destruidas para la construcción de espacios religiosos y públicos de la Nueva España, otras no han sido descubiertas, mientras que hay unas que son muy conocidas tanto en México como internacionalmente, como las pirámides de Chichén Itzá o Teotihuacán.
En el país hay más de 2 mil zonas arqueológicas, que tienen los viejos testimonios de antiguos pueblos y en un esfuerzo por preservar la riqueza histórica y cultural de México, las autoridades han impuesto restricciones estrictas sobre el acceso a las impresionantes pirámides de Chichén Itzá y Teotihuacán. Estas medidas buscan proteger los sitios arqueológicos, que son testimonio de las civilizaciones prehispánicas.
Teotihuacán, que significa "lugar donde fueron hechos los dioses; ciudad de los dioses", fue una de las grandes ciudades de Mesoamérica en la época prehispánica, el nombre fue empleado por los mexicas.
Por su parte, Chi-ch’en Itzá, etimológicamente significa "la ciudad al borde del pozo de los Itzáes", fue uno de los lugares más importantes en América prehispánica, en el 2007 fue declarado por la Unesco como una de las 7 Nuevas Maravillas del Mundo.
El Gobierno de México estableció una serie de multas conforme a la Ley Federal sobre Monumentos Arqueológicos, Artísticos e Históricos, que indican que pueden ser de 3 a 10 años en la cárcel, en el artículo 55 señala que "cualquier infracción a esta Ley o su Reglamento, que no esté prevista en este capítulo, será sancionada por los Institutos competentes, con multa de cien a cincuenta mil pesos; la que podrán impugnar mediante el recurso de reconsideración, en los términos del Reglamento de esta Ley".
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