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¿En qué consiste la iniciativa de 'supremacía constitucional' presentada por Morena?

Adán Augusto López presentó este martes la iniciativa para para impedir al Poder Judicial controvertir las reformas a la Constitución
  • Por Redacción
¿En qué consiste la iniciativa de 'supremacía constitucional' presentada por Morena?

Adán Augusto López Hernández, coordinador de los senadores de Morena, presentó este martes 22 de octubre una iniciativa para blindar reformas a la Constitución Política y que no puedan ser frenadas por recursos legales en el Poder Judicial.

La propuesta, que fue respaldada por los aliados del oficialismo, los partidos del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM), pretende modificaciones a cuatro artículos de la Carta Magna para establecer como improcedentes las controversias, acciones de inconstitucionalidad y amparos que busquen controvertir cualquier reforma constitucional.

En sesión de este martes. el presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, Gerardo Fernández Noroña, detalló que la iniciativa consiste en:

En su intervención, López Hernández expuso que las reformas constitucionales "son la expresión más alta de la voluntad soberana del pueblo de México". En este sentido, recalcó que no deben ser equiparadas a actos legislativos comunes ya que su aprobación transforma los parámetros de validez del sistema jurídico y que el Poder Judicial no tiene la facultad de detenerlas.

"El Poder Judicial de la Federación tiene a su cargo la defensa de la Constitución a través de la interpretación y aplicación de esta, pero no su modificación", subrayó López Hernández.

Se prevé que la iniciativa sea dictaminada de inmediato en las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos del Senado, luego que Juan Luis González Alcántara Carrancá, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), admitió a trámite cinco acciones de inconstitucionalidad contra la reforma al Poder Judicial.

Además, por separado, Gerardo Fernández Noroña afirmó que la iniciativa presentada por López Hernández "fortalece" el artículo 61 de La ley de Amparo.

Lo anterior, luego de calificar como un “desparpajo” que el Poder Judicial señala que es posible interpretar diferente la fracción primera del artículo 61 de la Ley de Amparo, que establece que ningún amparo procede en caso de tratarse de una reforma constitucional.

“La verdad, a lo que aspiraría es a que de una vez por todas construyamos un camino de transición, porque el actual Poder Judicial estará hasta el último día de agosto del próximo año, a excepción de los que declinen, y me parece que es necesario superar toda esta tensión que hay", señaló el presidente del Senado.

cehr

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