Emilio Lozoya continuará proceso en su domicilio; juez ordena libertad de penal
Un Tribunal Colegiado ordenó el cambio de medida cautelar a Emilio Lozoya Austin, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), por lo que seguirá su proceso en libertad domiciliaria.
Tras 27 meses en prisión en el Reclusorio Norte seguirá el proceso que se le sigue por el caso Odebrecht desde su hogar, pero potando un brazalete de seguridad que indica su ubicación.
De acuerdo con el magistrado Juan Pedro Contreras Navarro, no existe riesgo de que el exfuncionario se sustraiga de la acción de la justicia.
La Fiscalía General de la República (FGR) aclaró que Emilio Lozoya no ha ganado ningún juicio al que el Ministerio Público de la Federación lo ha sometido; y solo ha obtenido de jueces y magistrados de la Federación, privilegios procesales totalmente injustos y desproporcionados.
Señaló que los privilegios “injustos, inequitativos y parciales”, así como las descalificaciones constantes al respecto son inaceptables; “por lo que de inmediato se presentará el recurso de revisión correspondiente, para obtener la justicia en este caso, que ha sido tan complicado lograr, en razón de lo expuesto”, dijo.
Indicó que dichas resoluciones han sido dictadas en forma parcial e ilegal por el juez de control Gerardo Genaro Alarcón López y por los magistrados de los Tribunales de Apelación Alberto Torres Villanueva y Juan Pedro Contreras Navarro.
De esta manera la FGR precisó que le han excluido pruebas que lícitamente fueron obtenidas por la Fiscalía en Brasil y en Suiza, mediante tratados internacionales válidos que México ha suscrito, violando así lo establecido en dichos convenios que tienen respaldo constitucional.
Además, al hoy acusado, el juez Gerardo Genaro Alarcón López lo benefició injustamente, excluyéndolo de su responsabilidad del pago por la reparación del daño en el caso de Agronitrogenados, alegando que dicho pago ya lo había hecho Alonso “N”, lo cual nada tiene que ver con la responsabilidad directa de Emilio Lozoya, que está señalada en el artículo 30 del Código Penal Federal.
“El día de hoy, el juez de amparo Juan Pedro Contreras Navarro, lo deja en libertad procesal para que así continúe su juicio, porque considera que no existe riesgo de que se sustraiga de la acción de la justicia, haciendo caso omiso de que dicho individuo fue aprehendido en España, después de haberse dado a la fuga”, cuestionó.
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AM
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