Elección de jueces por votación pone en riesgo su independencia, advierte magistrado electoral
El magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Felipe de la Mata Pizaña, advirtió que los nombramientos de los jueces no deben ser sometidos a votación, porque se pone en riesgo su independencia y con ello la división de poderes y la democracia.
Al participar en una conferencia sobre Independencia judicial que impartió en la Facultad de Derecho de la Universidad de Guadalajara, puntualizó que un país sin esta independencia y sin la división de poderes un Estado se convierte en tiránico y dictatorial.
“¡Si no hay independencia judicial, no hay división de poderes! ¡Si no hay división de poderes, no puede hablarse en los hechos realmente de una Constitución! En los hechos, dejaría de ser un Estado constitucional para convertirse en un Estado, por utilizar palabras filosóficas antiguas, tiránico, dictatorial, en términos modernos”, manifestó.
El magistrado de la Sala Superior del TEPJF no mencionó específicamente la reforma propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, en la que plantea la elección por voto directo de jueces y magistrados, sin embargo, subrayó su negativa a esta opción, porque dijo que pondría en riesgo su independencia.
“No deben ser sometidas a votación, pues existe el riesgo de que las consideraciones políticas prevalezcan sobre los méritos”, puntualizó.
Respecto a la duración del mandato, comentó que la independencia judicial sólo se puede garantizar si los jueces terminan el mandato para el cual fueron electos, “de otra manera van a vivir siempre con una pistola en la sien, diciéndoles: ¡Si no haces lo que yo te digo, te reformo!”, enfatizó.
De la Mata Pizaña remarcó la importancia de la independencia de la judicatura, además de que deben contar, dijo, con remuneraciones adecuadas no fastuosas, personas seleccionadas mediante criterios objetivos, permanencia en el cargo, inamovilidad de los jueces y prohibición de suspensión arbitraria.
“Perdón, ¿a alguien le parece que estos no sean los principios mínimos de la independencia judicial? Es que no podría haber una judicatura independiente sin estos elementos mínimos ¿De acuerdo?”, indicó.
Respecto a la inamovilidad, el magistrado electoral explicó que en principio debe ser la regla con requisitos constitucionales y legales, a fin de que “los cargos en la judicatura, en principio, sean vitalicios; no pueden estar sujetos a ser continuamente renovados”, porque consideró que, de lo contrario, es muy probable que traten de quedar bien con aquel que lo va a renovar.
Planteó que los jueces también deben tener independencia externa, contra los poderes del Estado, “por eso los jueces deben tener, por ejemplo, inmunidad judicial, no necesariamente fuero, pero sí inmunidad judicial”.
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