Desecha TEPJF denuncia de Xóchitl Gálvez contra AMLO por presunta violencia política en su libro '¡Gracias!'
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó el recurso interpuesto por la candidata de la coalición "Fuerza y Corazón por México", Xóchitl Gálvez en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador por supuesta violencia política en razón de género plasmada en su libro “¡Gracias!”.
Con el voto en contra de la magistrada presidenta Mónica Soto, sus compañeros avalaron el proyecto que presentó Janine Otálora que declaró improcedente el recurso de Gálvez Ruiz al no encontrar violencia política en razón de género en el libro del presidente de la República difundido a partir de febrero pasado.
“Las expresiones denunciadas, independientemente de que incomoden o no, se enmarcan dentro del rango aceptable en el debate político. Parte de la crítica en el libro consiste en comparar a la denunciante con quienes consideró ‘los falsarios oportunistas y corruptos’”, explicó.
La magistrada propuso confirmar la decisión de la Unidad Técnica del INE que identificó el contexto en el que se dieron las expresiones publicadas en el libro por supuesta violencia política en razón de género, por lo cual rescindió la queja de Gálvez. “No se reflejan estereotipos discriminatorios”, añadió.
Sin embargo, la magistrada presidenta del TEPJF estimó que “le asiste la razón a la candidata Xóchitl Gálvez cuando refiere que la autoridad responsable que desechó la queja debía analizar posible existencia de un contexto de desigualdad y desequilibrio entre las partes.
“En el caso, la Unidad Técnica de lo Contencioso sí debía realizar estudios con metodología de perspectiva de género sobre los hechos denunciados. No acompañaré este proyecto, lo que procede sería revocar el acuerdo controvertido”, señaló Soto Fregoso.
Acusó que la Unidad Técnica del INE no actualizó su queja de juzgar con perspectiva de género, fue omisa en identificar si existía contexto de desigualdad o desequilibrio entre las partes. “El agravio es fundado y suficiente para revocar la determinación impugnada”, concluyó.
JVR
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