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CNDH: No hay violencia de género contra Xóchitl

El organismo que encabeza Rosario Piedra considera que se debe privilegiar el derecho a la libre expresión; en el caso de la legisladora recomienda al PAN “recurrir al INE”
  • Por Redacción
CNDH: No hay violencia de género contra Xóchitl

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) consideró que no existe violación a los derechos humanos de Xóchitl Gálvez, aspirante a candidata por el Frente Amplio por México, en las menciones que realiza el Presidente Andrés Manuel López Obrador en sus conferencias mañaneras.

“Desde esta Comisión Nacional no se advierten en las conferencias de prensa del Titular del Poder Ejecutivo Federal expresiones amenazantes, y tampoco se desprende de ellas violencia de género, más allá de generar un impacto en las y los interlocutores y detonar una deliberación pública”, dijo el organismo en un comunicado.

De esta manera, la CNDH respondió a la queja presentada por el PAN contra los señalamientos del primer mandatario sobre Xóchitl Gálvez, Santiago Creel y Francisco García Cabeza de Vaca. En su resolución, la CNDH recomendó a los quejosos recurrir al Instituto Nacional Electoral (INE).

“Es el organismo responsable de aplicar los procedimientos sancionadores correspondientes respecto de las faltas administrativas establecidas en los capítulos Primero, Segundo, Tercero y Cuarto del Título Primero del Libro Octavo de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como el procedimiento para la adopción de medidas cautelares; por tanto, se les sugiere acudir ante dicha instancia”, indicó.

El organismo que preside Rosario Piedra señaló que la mención que se hizo en las conferencias de prensa los días 29 de junio, 5 y 10 de julio, acerca de las personas que supuestamente impulsan la candidatura de Xóchitl Gálvez, no se hizo en función de que éstas sean hombres y ella mujer, sino que se hizo alusión a su afinidad ideológica y pertenencia partidista.

“Del análisis preliminar de la totalidad de los elementos analizados (imágenes, audio, mensaje) no se advierte alguna expresión que, de manera clara e indubitable, constituya una expresión que pueda incitar o promocionar conductas que afecten a las mujeres por razón de género, por lo que no es dable ordenar el dictado de medidas cautelares, ya que, en todo caso, se debe privilegiar el derecho a la libertad de expresión y a la crítica política”, sñsfió.

Mencionó también que es importante entender que sobre todo, en el marco del proceso electoral, debe puntualizarse que el análisis de estos elementos “no prejuzga el fondo del asunto”.

Añadió que no se percibe Ia existencia de otros elementos que puedan llevar a concluir que se exceden los mensajes políticos genéricos o que que éstos tienen por objeto normalizar ante los ojos de la sociedad la violencia contra la mujer.

La resolución se dio luego de que el PAN en el Senado presentó una queja formal en la cual acusó al Presidente de presuntamente violar los derechos humanos de varios personajes relevantes del Frente Amplio por México que participan en el proceso interno para definir a quien coordinará los trabajos de este bloque opositor, que en su momento se convertirá en su candidato a la Presidencia.

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