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Tiran fallo que liberaba a agresor de saxofonista

Judicatura revoca decisión de José Gabriel Ramírez a favor del exdiputado y coacusados por ataque a María Elena Ríos; el juzgador fue suspendido y será investigado
  • Por Redacción

A pocas horas de que el juez José Gabriel Ramírez Montaño dejó en libertad a Juan Antonio Vera Carrizal y sus dos coacusados por el ataque con ácido en contra de la saxofonista María Elena Ríos Ortiz, cometido en septiembre del 2019, la jueza María Antonia Esteva Domínguez dejó sin efecto la resolución emitida por el juzgador, por lo que los tres se mantendrán en prisión.

Ayer temprano, el juez José Gabriel Ramírez Montaño absolvió del delito de feminicidio en grado de tentativa a Juan Antonio Vera Carrizal, presunto autor intelectual del ataque en contra de María Elena Ríos Ortiz, por lo que determinó su libertad inmediata del penal de Tanivet, en Oaxaca, aunque la Fiscalía General del Estado anunció que apelaría esta decisión. También exculpó a dos coacusados de la agresión.

“Ganó la corrupción. Juan Antonio Vera ha quedado en libertad. 20 minutos le tomó a este juez corrupto José Gabriel Ramírez Montaño, la resolución”, denunció Ríos Ortiz en redes sociales, en su primera reacción al darse el fallo del impartidor de justicia.

Denunció que todo fue pactado con la magistrada Berenice Ramírez Jiménez, presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca: “Esto es Oaxaca, esto es México, esta es la impunidad que viven las mujeres que luchamos por justicia”.

En la resolución del juez, se estableció que “este tribunal considera que la representación social, con las pruebas aportadas, no logró destruir la presunción de inocencia que tienen los acusados. (...) Como consecuencia de ello, he resuelto absolver a Ruvicel Hernández Ríos, Juan Antonio Vera Carrizal y Rubén Loaeza Charrez de la acusación que en su contra formuló el agente del Ministerio Público por el delito de feminicidio en grado de tentativa, que se dijo cometido en agravio de la persona de identidad reservada”.

Agregó que, “en consecuencia, quedan en inmediata libertad y, desde luego, se deja sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva que se les impuso en la presente causa penal”.

Asimismo, solicitó notificar de la resolución, mediante oficio, a la unidad de medidas cautelares para los efectos legales a que haya lugar, así como al director del Centro Penitenciario de Tanivet en Tlacolula, Oaxaca.

El juez ordenó también el levantamiento de todo embargo precautorio o aseguramiento de bienes que se haya decretado en contra de los ahora absueltos Vera Carrizal, Loaeza Charrez y Hernández Ríos.

Explicó que los detalles de argumentación fáctica, probatoria y jurídica se precisarán en la sentencia, una vez integrada. “Las exigencias que la ley señala para la emisión del fallo han sido cumplidas”, afirmó.

Anoche mismo, la jueza sustituta del Tribunal de Enjuiciamiento del Circuito Judicial de la Mixteca, María Antonia Esteva Domínguez, dejó sin efecto la resolución emitida al mediodía por el juez Ramírez Montaño, mediante la cual absolvía al exdiputado local, Juan Antonio Vera Carrizal, así como a los dos autores materiales de la agresión.

A través de un oficio: PJEO/CJO/TAT/8650/2024, girado al director del centro penitenciario de Tanivet, se informó de esta resolución, la cual suspende la liberación de Vera Carrizal, así como de Ruvicel Hernández Ríos y Rubén Loaeza Charrez, quienes deberán seguir en prisión preventiva.

Fuentes del Tribunal Superior de Justicia en la entidad dijeron a La Razón que, “además de la suspensión de la resolución, el juez Ramírez Montaño ha sido suspendido y está bajo investigación por presuntos actos de corrupción”.

“Queda sin efecto la boleta de libertad que fue ordenada a favor de los imputados antes mencionados y se ordena permita el ingreso de los mismos para que continúen con la medida cautelar originalmente impuesta en esta causa penal, esto en atención al acuerdo emitido con fecha 14 de agosto 2024. Se gira el presente a efecto de hacerle del conocimiento que queda sin efecto los celebrado en audiencia de juicio oral, en consecuencia, la boleta de libertad”, se lee en una primera parte del documento emitido por la jueza.

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