¿Qué hago si mi jefe no quiere pagar luz e Internet como lo marca la ley del Home Office?
- Por Redacción
En diciembre del 2020 las Cámaras de Diputados y Senadores aprobaron modificaciones a la Ley Federal del Trabajo para regular el llamado Home Office. Desde ese momento, las empresas adquirieron nuevas obligaciones frente a sus trabajadores, como el pagar el Internet o la luz utilizada para trabajar, a partir de diciembre del 2023.
Pero, con todo y que es ley, hay muchos patrones que se siguen negando a pagar estos servicios, por lo que en La Razón, te contamos qué es lo que tienes que hacer en caso de que tus jefes o la empresa para la que trabajas haciendo home office, se niegue a cubrir este gasto.
Debes poner una queja ante la Inspección Federal del Trabajo, pero ojo, debes contar con tu contrato de trabajo, en donde se estipule que la modalidad en la que realizas tus actividades de trabajo es de forma remota (o más del 40 por ciento de ellas).
Para que puedas recibir este pago por concepto de servicios de telecomunicaciones y electricidad, es necesario que cuentes con este contrato laboral que lo indique, ya sea desde el inicio de tu vida laboral en la empresa o desde que se migró por acuerdo mutuo a esta modalidad.
Si haces home office, según la normativa que entrará en vigor a finales de este 2023, la empresa o tu patrón o tu jefe, debe ayudarte a pagar los siguientes servicios:
Es necesario, además, que la empresa o el patrón o el jefe promueva que los trabajadores que laboran bajo el esquema de home office, cuenten con las herramientas necesarias para el desempeño de tus actividades. Esto incluye una silla ergonómica y aditamentos ergonómicos a fin de evitar lesiones por malas posturas causadas por la falta de equipo de trabajo adecuado.
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