Nacional

Propone Josefina Vázquez Mota tipificar linchamientos

Los linchamientos muestran la falta capacidades del Estado para mantener y aplicar el monopolio legítimo del uso de la fuerza en el territorio nacional, señaló
  • Por Redacción

La senadora del PAN, Josefina Vázquez Mota, presentó a la Comisión Permanente del Congreso la iniciativa para reformar el Código Penal Federal para tipificar los linchamientos e imponerles penas correspondientes a homicidio clasificado.

Además, plantea que a quienes inciten o convoquen a causar daño a las personas también se les castigue con hasta ocho años de prisión.

La iniciativa refiere que los linchamientos muestran la falta de capacidades del Estado para mantener y aplicar el monopolio legítimo del uso de la fuerza en el territorio nacional, aplicando leyes y garantizando la seguridad de la población, para no caer en una crisis de institucionalidad e ingobernabilidad.

Menciona el caso de Daniel Picazo, quien laboraba como asesor en la Cámara de Diputados, y fue asesinado el 10 de junio en comunidad de Papatlazolco, en el municipio de Huauchinango, Puebla, luego de que un grupo de pobladores lo retuvo, lo golpeó y lo quemaron con vida.

“La problemática de los linchamientos a la que nos enfrentamos como sociedad no es un fenómeno aislado, sino una extendida y focalizada secuencia de linchamientos en algunas zonas principalmente conurbadas y urbanas del territorio nacional en un país con un alto grado de desigualdad; el empobrecimiento asociado a la violencia y a la impunidad o corrupción van generando esas creencias, ese caldo de cultivo para que este tipo de fenómenos se hagan presentes”, expone Vázquez Mota en la iniciativa.

Por ello, plantea agregar el artículo 309 Bis al Código Penal Federal, de Lesiones y Homicidio por Linchamiento en el que se establezca que “Cometen el delito de linchamiento: Quienes en forma tumultuaria infieran lesiones o priven de la vida a una o más personas, se les aplicarán las penas que corresponden a lesiones y homicidio calificado en términos de los artículos 298 y 320 de este Código”.

RFH

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