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Prevé TEPJF ratificar orden a San Lázaro para incorporar a MC a Comisión Permanente; advierte acciones penales

La Sala Superior del TEPJF prevé se amoneste a los legisladores que impusieron en la Junta de Coordinación Política la negativa para integrar a Movimiento Ciudadano
  • Por Redacción

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) prevé ratificar la orden a la Cámara de Diputados para que incorpore a Movimiento Ciudadano a la Comisión Permanente, contempla una amonestación para legisladores de las bancadas de Morena, PVEM y PT y advierte que ante un nuevo incumplimiento, en un plazo de 72 horas de la nueva sentencia, se podrían ejercer acciones penales.

La Sala Superior hizo público el proyecto de resolución sobre el recurso que presentó Movimiento Ciudadano por el incumplimiento de la sentencia para incluirlo en la Comisión Permanente, el cual elaboró el magistrado Felipe de la Mata Pizaña.

El documento que será llevado al pleno del Tribunal Electoral considera fundado el incidente de incumplimiento de sentencia argumentado por los emecistas, relativo a la indebida integración de la Comisión Permanente.

Además, propone: “Se amonesta públicamente a Moisés Ignacio Mier Velazco, a Carlos Alberto Puente Islas y a Alberto Anaya Gutiérrez”, debido a que impusieron en la Junta de Coordinación Política la negativa para integrar a Movimiento Ciudadano.

El proyecto de resolución del magistrado Mata Pizaña puntualiza que las sentencias del TEPJF son inatacables, por lo que advierte que en caso de persistir el desacato, “a fin de sancionar la conducta contumaz, esta Sala Superior impondrá una multa a las diputaciones que reincidan en el incumplimiento”.

Y enfatiza que como las sentencias del Tribunal Electoral no pueden estar sujetas a la voluntad de las partes vinculadas al cumplimiento, “en caso de persistir el desacato se procederá a tomar todas las medidas necesarias, incluso penales, para conseguir el cumplimiento y, en caso de que se evidencie la contumacia, esta Sala Superior podrá ordenar la ejecución directa en plenitud de jurisdicción”.

RFH

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