¿La CURP ya será con foto? Estos son los cambios que tendrá este documento oficial
- Por Redacción
El Senado de la República aprobó, el proyecto de la nueva Ley General de la Población, la cual establece cambios en la Clave Única de Registro de Población (CURP), la cual ya podrá ser utilizada como identificación oficial y llevará fotografía, pero no de manera obligatoria.
De acuerdo con lo señalado en el Senado de la República, ningún ciudadano podrá ser sancionado por no portar la CURP con foto.
Cabe mencionar que no todos los presentes aprobaron el proyecto de la nueva ley, pues solamente quedó avalado con 15 de votos de Morena, mientras que se registraron otros 12 votos en negativa.
A continuación los detalles sobre esta nueva Ley General de la Población, la cual permitirá la CURP con foto como un documento oficial ante las autoridades e instituciones de la República Mexicana.
Dicho dictamen será presentado este mismo 26 de septiembre ante el Pleno del Senado para su discusión y votación.
La CURP con foto estará acompañada de los siguientes datos:
La oposición advierte que con esta nueva ley podría hacerse un "mal uso de información personal", por lo cual se plantearon sanciones que van hasta la destitución del personal que comparta la información de la CURP sin tener autorización previa.
La nueva Ley General de la Población señala que la nueva característica en la CURP con foto:
La CURP es "un instrumento que sirve para registrar en forma individual a todos los habitantes de México, nacionales y extranjeros, así como a las mexicanas y mexicanos que radican en otros países".
La CURP contiene 18 elementos de un código alfanumérico; 16 de ellos son la primer letra y primer vocal interna del primer apellido, primer letra del segundo apellido, primer letra del primer nombre, año, mes y día de la fecha de nacimiento; género, las dos letras del lugar de nacimiento de acuerdo al código de la Entidad Federativa.
Después, las primeras consonantes internas de cada uno de los apellidos y nombre y por último, los dos últimos dígitos que son asignados por el Registro Nacional de la Población.
Para solicitar la CURP, se requiere presentar copia del documento probatorio de identidad como acta de nacimiento, carta de naturalización o documento migratorio y dirigirse al módulo de atención más cercano al domicilio.
DAN
Comentarios