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INAI promueve transparencia con juicios de amparo por omisiones del Senado

 Promovidos en colaboración con el Consejo Nacional de Litigio Estratégico.
  • Por Redacción

El Poder Judicial dictó la sentencia del amparo 1714/2022 y ordenó al Senado designar a dos comisionados del INAI; también con el apoyo del Consejo Nacional de Litigio Estratégico, el Consejo Consultivo del INAI se impuso sobre el Senado que promovió múltiples recursos para retrasar el proceso.

La sentencia precisa que el Senado deberá votar y designar a las personas en las vacantes de comisionada o comisionado en el pleno del INAI, y exige sesionar de forma extraordinaria. El juicio de amparo fue promovido por el Consejo Consultivo del INAI, en colaboración con el Consejo Nacional de Litigio Estratégico.

En su sentencia, que es un precedente debido a que el demandante es un Consejo Consultivo Ciudadano, la Jueza Celina Angélica Quintero Rico destacó la falta de funcionalidad del INAI que afecta los derechos humanos; deja indefensa a la ciudadanía porque no puede ejercer plenamente su derecho a la información, ni garantizar la protección de sus datos personales.

En un segundo punto Quintero Rico, dijo que en virtud de que el INAI debe contar con la totalidad de quienes integran el pleno, las omisiones del Senado son contrarias a la Constitución, ya que impiden la designación de comisionadas y comisionados, y no permiten su correcto funcionamiento.

Refirió que cuando concluye el término y se genera una vacante en el pleno del INAI, el Senado tiene plazos para convocar; por ende, la designación de la comisionada o el comisionado que sustituirá debe tenerse en ese preciso momento.

La jueza también indicó que la obligación de nombrar a las comisionadas y los comisionados no se cumple por el simple hecho de que se haya intentado la votación; ello no es suficiente para considerar que se atendieron las omisiones reclamadas; mientras el Senado no designe, las omisiones no serán subsanadas y no concluirá el proceso.

Finalmente Quintero dijo que el principio constitucional de regularidad en el funcionamiento de los órganos del Estado, se traduce en garantizar el desempeño de sus atribuciones de manera continua y normal; la participación del Senado en la elección de quienes integran el pleno del INAI, debe salvaguardar su funcionamiento regular y el ejercicio de sus facultades, sin que pueda haber un retardo injustificado en los nombramientos.

También refieren en un comunicado que “la sentencia del Poder Judicial confirma que al Consejo Consultivo le asiste la razón política, social y legal al defender al INAI y los derechos humanos de transparencia y privacidad de la ciudadanía”.

Por otro lado, el Consejo Consultivo ha discutido diversos aspectos que están afectando el funcionamiento del INAI, que amenazan su existencia y permanencia.

Por lo anterior, el Consejo Consultivo reiteró su reciente recomendación del 7 de diciembre de 2023, que en el numeral 10 precisa: “Atender de manera puntual y en la vía oficial cualquier requerimiento del Órgano Interno de Control del INAI, así como de otras instancias de supervisión y vigilancia a las que estén sujetos los servidores públicos y el propio Instituto.”

Finalmente el CC menciona que “la sociedad civil, la ciudadanía y el Poder Judicial exigen al Senado que cumpla con México y su obligación constitucional, concluyendo el proceso de designación de todas las personas que ocuparán las vacantes del pleno del INAI

DMGS

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