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Aumentan críticas por reformas a la Ley de Amparo: “son un riesgo”

Alto Comisionado de la ONU advierte que el proyecto compromete el acceso a la justicia y la protección de los DH; INCAM lamenta falta de diálogo de los legisladores
  • Por Redacción

La Oficina en México del Alto Comisionado de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) advirtió que las reformas que fueron aprobadas en el Congreso de la Unión en materia de amparo y amnistía representan un riesgo para el acceso a la justicia y derechos de las personas.

En un breve mensaje en redes, refirió que toda reforma que se apruebe debe atender las obligaciones internacionales que ha asumido el Estado, así como el principio de progresividad, es decir, que no debe haber marcha atrás en los derechos alcanzados.

“Las reformas a las leyes de Amparo y Amnistía comprometen el acceso a la justicia, la protección de los #DDHH y el combate a la impunidad y el abuso de poder”, dijo.

Pero ésta no fue la única advertencia. El Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México (INCAM) expresó un “enérgico rechazo” por la aprobación de las reformas a los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, por considerar que con esto se limitará de manera contraria a la Constitución la facultad de juzgadores para conceder suspensiones con las que se beneficia a un colectivo de personas, al momento de estudiar juicios de amparo en los que se estudie la inconstitucionalidad de normas.

Derivado de esto, el Colegio decidió elaborar y presentar ante las instancias judiciales competentes un amicus curiae para “defender” el Estado de derecho.

“Desde la abogacía organizada, lamentamos profundamente la falta de diálogo y la abierta negativa tanto de los senadores como de los diputados para escuchar las preocupaciones y propuestas del gremio jurídico. Esta actitud refleja un desdén hacia la opinión de quienes día a día trabajamos en la defensa de los derechos y la legalidad en nuestro país”, reclamó.

Explicó que esta figura jurídica que ahora ha quedado suprimida por el Congreso, otorga la posibilidad de detener temporalmente los efectos de un acto o una norma que ha sido considerada como violatoria de los derechos humanos.

“La figura de suspensión en el juicio de amparo representa un equilibrio delicado entre la necesidad de garantizar la prontitud y expeditud en la administración de justicia, tal como lo demanda nuestra Constitución y la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos”, señaló el Colegio.

Con esto se permite revisar cuidadosa y exhaustivamente la constitucionalidad del hecho que se ha reclamado y limitar al mismo.

“Sin lugar a duda, afecta a todo el pueblo de México dado que la suspensión juega un papel crucial en la salvaguarda de los derechos individuales frente a posibles actos arbitrarios por parte de las autoridades. Al restringir esta facultad, se podría abrir la puerta a la vulneración de derechos fundamentales sin una adecuada protección judicial”, advirtió.

Con esto también acusó que se coarta la independencia judicial y se menoscaba la protección fundamental para la población, porque la facultad de otorgar suspensiones permite garantizar la justicia.

El jueves, el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Alberto Pérez Dayán, comentó que es responsabilidad de todos “proteger” el juicio de amparo y evitar que sea “debilitado o traicionado” por algún grupo de la Legislatura.

Esta semana, Morena, PT y PVEM en la Cámara de Diputados y el Senado de la República aprobaron diversas reformas, entre las cuales algunos cambios fueron a la Ley de Amparo y a la Ley de Amnistía.

La primera consistió en suprimir que las resoluciones judiciales, como las suspensiones, tengan efectos generales; es decir, que cuando un juez dicte una suspensión contra alguna norma o acto contra el que alguna persona se amparó por considerarlo violatorio de sus derechos, dicha suspensión sólo aplicará para la o el ciudadano que promovió el juicio y no para el resto de las personas que podrían encontrarse bajo la misma situación de posible vulnerabilidad en cuanto a sus derechos.

La segunda tuvo como objetivo ceder la facultad exclusiva del Congreso al Presidente de la República para que él pueda conceder amnistía a personas privadas de la libertad, únicamente en caso de que éstas brinden información que ayude a esclarecer casos de relevancia nacional.

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