Adiós al 'viene, viene': ¿Cuáles colonias de la CDMX ya no tendrán franeleros?
- Por Redacción
Este 2024 iniciará para muchos habitantes de la Ciudad de México sin la presencia de los franeleros o también conocidos como "viene, viene", mismos que, de acuerdo a las quejas de la ciudadanía, no sólo apartan los lugares de estacionamiento en la vía pública con tambos o botes de plástico, incluso hasta macetones, sino también te cobran por un espacio que, se supone, es público y por el cual incluso pagas al momento de ser un lugar en el que hay parquímetro.
En la información que a continuación te compartimos, te diremos cuáles son las colonias en las que ya está prohibida la presencia y operación de los franeleros, ubicados en la Ciudad de México. Esta es una de las medidas más polémicas tomadas en los primeros días del año al interior de la capital mexicana.
A través del llamado "Operativo Diamante Remasterizado", implementado desde las 6 de la mañana del 1 de enero de este 2024 en la alcaldía Cuauhtémoc, se informó que en las siguientes colonias quedaron prohibidos los franeleros o "viene, viene", con el objetivo de recuperar los espacios públicos, en una de las consignas de la administración liderada por la alcaldesa Sandra Cuevas:
Se informó también que se realizará una supervisión en antros, en restaurantes y también en bares ubicados en la alcaldía, para que se verifique y compruebe que están operando bajo las normas establecidas por Protección Civil y que se cuenten con las licencias que corresponden para vender alcohol.
A través de las redes sociales, diversos habitantes de estas colonias, al igual que asiduos visitantes, se quejaron por actos de extorsión, luego que los franeleros les exigieran una "cuota fija" para permitir que se estacionaran en espacios públicos.
El artículo 28, fracción II de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, informa que es una infracción en contra de la seguridad pública el "impedir o estorbar de cualquier forma el uso de la vía pública y el espacio público, la libertad de tránsito o de acción de las personas, siempre que no exista permiso ni causa justificada, siempre que la obstrucción del uso de la vía pública, de la libertad de tránsito o de acción de las personas sea inevitable y necesaria y no constituya en sí misma un fin, sino un medio razonable de manifestación de las ideas, de expresión artística o cultural de asociación de reunión pacífica".
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